lunes, 13 de julio de 2009

Práctica 4: Cuestionario-El caso de las boletas electorales. Contesta sólo tres preguntas de las que se presentan a continuación.

Ackerman, J. (2008). Los límites de la transparencia. El caso de las boletas electorales. En J. Ackerman (Coord.). Más allá del acceso a la información. Transparencia, rendición de cuentas y estado de derecho. (219-239).México, D.F.: CETA/Cámara de Diputadso, LX Legislatura/Universidad de Guadalajara/IIJ-UNAM/Siglo XXI

1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?
2. Según el autor, ¿cuál es la utilidad de un posible estudio de las boletas electorales?
3. Menciona tres irregularidades que se observaron a la hora del recuento de las boletas electorales.
4. Menciona las posibles causas que permiten suponer que hubo un fraude electoral.
5. ¿Cuál es la tesis fundamental del texto?
6. ¿Cuál es el principio sobre el que se basa la ley de acceso a la información de México? Con tus propias palabras explica en qué consiste dicho principio.
7. ¿Cuáles son las tres categorías de información, según la ley mexicana?
8. Explica por qué el autor asegura que las boletas electorales no son documentos confidenciales.
9. ¿Cuál es la única restricción para aplicar el principio que rige la ley de acceso a la información?
10. Con tus propias palabras sintetiza la postura del IFE frente al debate planteado en el texto.
11. ¿En qué consiste el concepto de definitividad?
12. Menciona tres críticas que el autor presenta frente a la postura del IFE.
13. El autor expone una analogía relativa al resurgimiento del nazismo y la solicitud de los periodistas a tener acceso a las boletas electorales. Explica en qué consiste dicha analogía y cómo apoya a la tesis de Ackerman.
14. ¿Cómo se ve afectada la democracia por un posible caso de fraude electoral? ¿Qué papel desempeña el IFE al respecto?
15. Para el IFE, ¿qué es un ‘documento’?
16. ¿Cuál es la diferencia entre el acceso a la información y el acceso a los documentos?
17. El Tribunal rechazó los argumentos que presentó el IFE contra el acceso a la boletas electorales. Sin embargo, también el Tribunal no aceptó tal acceso. ¿Cuáles fueron las dos razones del Tribunal para llegar a esta resolución? Explica la lógica de ese razonamiento.
18. El Tribunal instaura una nueva categoría, la de ‘documentos indisponibles’. ¿Cuáles son las repercusiones inmediatas y a mediano plazo de esta categoría? Explica tu respuesta y da algunos ejemplos.
19. Investiga una posible clasificación de la información. Menciona, al menos, una propuesta que pudiera resolver el debate sobre si las boletas electorales son documentos públicos o no lo son.
20. Como ciudadano, ¿qué tipo de solicitudes de acceso a la información federal/estatal/municipal es posible obtener gracias a la ley de acceso a la información? Menciona y explica tres ejemplos cuya implicación resulte tan relevante como el caso de las boletas electorales.

26 comentarios:

  1. 1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?

    El IFE se negó a mostrar las boletas electorales ya que si lo hacía su credibilidad se vería seriamente dañada (lo que impediría su correcto funcionamiento como organizador de elecciones). También argumentaó que se infringirían los principios de certeza y legalidad.

    Se recurre al concepto de definitividad (que establece que una vez que el Tribunal Electoral decide algo, los actores políticos no pueden regresar a una etapa anterior del proceso´). Si se permitiera que el público tuviera acceso a las boletas se regresaría a la etapa de conteo y el principio de certeza sería violado (al hacer un recuento posiblemente más omisiones serían hechas).

    11. ¿En qué consiste el concepto de definitividad?

    Las decisiones del Tribunal Electoral son definitivas. Hay un período en el cual los actores políticos pueden presentar quejas ante posibles irregularidades que se ocurren durante el proceso, pero pasado ese período y comenzado la siguiente etapa del proceso, es imposible referirse a la etapa anterior.

    8. Explica por qué el autor asegura que las boletas electorales no son documentos confidenciales.

    Por que son diseñadas, impresas y resguardadas por el IFE, además de que son el elemento básico para que la institución lleve a cabo su función central: decidir quien ha ganado las elecciones.

    El hecho de que sea información (aunque el autor también demuestra que las boletas en si son documentos) proveniente de los votantes y no de funcionarios no significa que no sean de interés público. La actual ley de acceso a la información establece que todos los documentos en poder de las dependencias del gobierno son públicos a menos que éstos se encuentren en alguna de las categorías de información reservado o confidencial.

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  3. 2. Según el autor, ¿cuál es la utilidad de un posible estudio de las boletas electorales?

    De acuerdo con Ackerman, un estudio independiente sobre los resultados de las boletas electorales de 2006 podría funcionar como muestra de los errores más frecuentes que se cometen al votar por parte de los mexicanos. Este conocimiento se hubiera visto reflejado en elecciones a futuro que, al identificar los componentes confusos en las boletas, pudiesen haber sido mejor preparadas. Además, un recuento ciudadano tendría el poder de legitimar, de una vez por todas, al actual régimen, siempre y cuando resultara victorioso Felipe Calderón.

    6. ¿Cuál es el principio sobre el que se basa la ley de acceso a la información de México? Con tus propias palabras explica en qué consiste dicho principio.

    El llamado principio de máxima publicidad es la política que rige a la ley de acceso a la información en México. Este principio se define como la obligación del gobierno para rendir cuentas dentro de lo que concierne a sus funciones, a no ser que explícitamente la ley prohíba la entrega de cierta información. Existe información clasificada ya sea porque hay ciertos datos que podría resultar riesgoso dar a conocer, o porque invaden la privacidad de los funcionarios.

    15. Para el IFE, ¿qué es un “documento”?

    Para el Instituto Federal Electoral, un documento se restringe solamente a aquella información donde se vea plasmado el ejercicio de las funciones de los sujetos obligados a rendir cuentas. Por medio de su negativa a entregar las boletas, al no considerarlas documentos, el IFE da a entender que un documento pierde su carácter oficial cuando interviene alguien más allá de la estructura del gobierno, en este caso, los votantes.

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  4. 1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?

    El IFE argumenta que las boletas electorales no pueden ser consideradas documentos y que, por lo tanto, están fuera de las regulaciones impuestas por el artículo 6 de la constitución. Así mismo, el IFE argumenta que permitir a agentes externos obtener las boletas daña a las instituciones electorales.


    2. Según el autor, ¿cuál es la utilidad de un posible estudio de las boletas electorales?

    Para el autor, la utilidad de hacer un estudio de las boletas electorales es que se puede ratificar y, por lo tanto, dar fortaleza a un resultado. El autor también considera crucial la necesidad de procesos transparentes, ya que esto es un referente positivo que podría hacer más fácil el acceso a la información.

    10. Con tus propias palabras sintetiza la postura del IFE frente al debate planteado en el texto.

    El IFE adopta una postura negativa hacia el acceso de la información. A través del texto se describe cómo el IFE da respuestas negativas al conteo de votos, con el argumento de que los votos no eran documentos legales y sólo la expresión del voto. El IFE apela, también, a la importancia que tienen las instituciones y toma a la petición de reconteo del voto por parte de agentes independientes como una “afrenta” en contra de la institución del voto.

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  5. 2. Según el autor, ¿cuál es la utilidad de un posible estudio de las boletas electorales?
    Un examen de las boletas electorales otorgaría mayor legitimidad a la democracia mexicana. Además, ayudaría a responder interrogantes como: ¿cómo votamos los mexicanos? ¿Cuáles son nuestros errores más frecuentes? ¿Cómo podemos mejorar y hacer más sencilla la práctica electoral de la votación en las casillas?

    7. ¿Cuáles son las tres categorías de información, según la ley mexicana?
     La información pública, cuyo acceso debe ser otorgado;
     La información “reservada”, la cual el gobierno tiene derecho a mantener en secreto hasta por 12 años;
     La información “confidencial”, la cual nunca se hará pública.

    8. Explica por qué el autor asegura que las boletas electorales no son documentos confidenciales.
    Según la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la única información confidencial es la relacionada a los datos personales (nombre, dirección, presencias sexuales y religiosas, etc.). También se puede considerar confidencial aquellos documentos que los individuos entreguen a las autoridades explícitamente como confidenciales. Las boletas electorales no pueden considerarse como confidenciales por el hecho de que no contienen ningún dato personal ni manera alguna de identificar a alguien. Además, votar es un acto público, no puede ser confidencial.

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  6. 1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?

    se negaron ya que para ellos, las boletas eran "indisponibles" para el público. También argumentaron que con el acceso a las boletas, la seguridad nacional y el orden público estarían en peligro. El IFE también dio a conocer que las boletas electorales no son documentos gubernamentales, por lo que no están bajo la ley de acceso a la información.

    3. Menciona 3 irregularidades que se observaron a la hora del recuento de las boletas electorales.

    . Se hizo solamente un recuento parcial de las boletas.
    .cientos de casillas mostraron errores considerables
    .desorden en los conteos que bien pudieron haber servido para manipular los resultados de las elecciones.

    15. Para el IFE, ¿qué es un documento?

    son los expedientes, reportes, actas, oficios o cualquier otro registro en cualquier medio, ya sea escrito, sonoro, visual, electrónico entre otros.

    Rafael Alberto Ruiz González

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  7. 4. Menciona las posibles causas que permiten suponer que hubo un fraude electoral.

    El autor menciona una serie de sucesos que lo llevan a dudar sobre la legalidad de las elecciones de 2000. Por ejemplo, el negar el acceso a las boletas le hace inferir que hay ciertas anomalías que el gobierno trató de mantener en secreto. También hace notar que hubo errores en aproximadamente un 50% de las casillas; para el autor este porcentaje es muy alto por lo que deduce que no fueron involuntarios, dado que, si se considera la diferencia entre el ganador y el segundo lugar fue minima, una leve alteración en los votos hubiera permitido cambiar el resultado final. Ademas, los errores de las actas electorales no fueron tan insignificantes, puesto que el numero de boletas no utilizadas fue inconsistente con el numero de boletas entregadas y las que fueron utilizadas. A lo anterior suma la falta de resultados del recuento hecho por el IFE.


    7. ¿Cuáles son las tres categorías de información según la legislación mexicana?

    Las tres categorías de información, según la legislación mexicana son:

    1. Información “pública”, cuyo acceso debe ser otorgado;
    2. Información “reservada”, respecto de la cual el gobierno tiene derecho de mantenerla en secreto hasta por doce años; y,
    3. Información “confidencial” la cual nunca se hará publica, y que se refiere a los datos personales, es decir dirección, religión, características físicas, etcétera.

    15. Para el IFE, ¿qué es un ‘documento?

    Para el IFE los documentos son “expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar escritos en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico.” Es decir, para el IFE finalmente un documento no es solo aquellos que esta plasmado por escrito en un papel, sino que va más allá al incluir, prácticamente, todo medio a través del cual sea posible transmitir ideas, instrucciones, referencias y demás ideas o conceptos a otra persona o personas.
    A.T.T: Jessica Korder

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  8. 8. Explica por qué el autor asegura que las boletas electorales no son documentos confidenciales.
    El autor establece que para que las boletas sean consideradas confidenciales, deberían tener datos personales como la dirección, nombre o número del ciudadano. Sin embargo, estos papeles están hechos con el objetivo de dar a conocer una preferencia política y es sólo el acto de votar el que se mantiene en secreto. El propósito es escoger líderes que nos representarán y al llenar dicho documento se hace presente la participación ciudadana. Es una obligación civil votar y por lo tanto, también debería de ser un derecho conocer dichos resultados.

    16. ¿Cuál es la diferencia entre el acceso a la información y el acceso a los documentos?
    La gran diferencia entre la información y los documentos son los límites de transparencia que le otorga el gobierno según los intereses políticos más convenientes. La información es todo suceso contenido en documentos que el gobierno genere, obtenga, y adquiera. Mientras que, los documentos, deben de ser registros oficiales generados por trabajadores y/o servidores públicos para la organización del Estado. Ambos llevan un control a nivel público pero los documentos son más poderosos si llegan a caer en mano de los ciudadanos pues es prueba material de lo que hace o no el gobierno. La información, en cambio, puede ser manipulada por los políticos, llegando a distorsionarse tanto un hecho que deja de ser factible pero no le causa daño alguno al líder político.

    17. El Tribunal rechazó los argumentos que presentó el IFE contra el acceso a la boletas electorales. Sin embargo, también el Tribunal no aceptó tal acceso. ¿Cuáles fueron las dos razones del Tribunal para llegar a esta resolución? Explica la lógica de ese razonamiento.
    El tribunal estableció que un acceso a las boletas electorales y demás documentos oficiales, sería un grave error pues dañaría la imagen y certeza del Instituto Federal Electoral. Además ocasionaría una confusión a nivel nacional en torno al manejo diverso que se le estaría dando al acceso, pues otorgar permiso es permitir que terceros ajenos a la institución investiguen y eso va contra la ley. A pesar de esto, el Tribunal si permite que se den a conocer las actas del recuento de casillas y otros hechos. Según el artículo 42, sólo se permiten ciertas formas de acceso a la información. Dicho esto se puede concluir que hay documentos indisponibles que entran en la clasificación de acceso que se permite aunque no es posible. Definitivamente una gran contradicción pero el gobierno está empeñado a que la gente comience a confiar en aquél sistema aún sin evidencia previa siendo ésta la principal razón de Estado. El sector público necesita encontrar un mejor manejo del pueblo para recuperar todo el poder que ha perdido a través de los años junto con la confianza y fe en un gobierno lleno de obstáculos pero que se buscan corregir.

    Adriana Mancilla

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  9. 1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?
    R: Que las boletas no son documentos, y que permitir el acceso publíco a ellas desestabilizaría al país.
    3. Menciona tres irregularidades que se observaron a la hora del recuento de las boletas electorales.
    R: El 46.7% de las actas de escrutinio y cómputo tenían algún tipo de error aritmético; se modificaron 2846 votos en favor de López Obrador en tan solo 116 casillas; la anulación de casillas fue inconsistente al tomar en cuenta solamente si la diferencia del primero y el segundo lugar no eran equivalentes al de las actas.
    7. ¿Cuáles son las tres categorías de información, según la ley mexicana?
    R: Información publica, Información reservada e información confidencial.

    Mújica Manrique Marcos

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  10. 1. ¿Cuál es el principio sobre el que se basa la ley de acceso a la información de México? Con tus propias palabras explica en qué consiste dicho principio.
    Se basa en el principio de "máxima publicidad". Éste sostiene que cualquier información que posea el gobierno o entidades relacionada es del dominio público, siempre que no esté reservada.
    El criterio para reservar información se basa en la premisa de salvaguardar los intereses colectivos. Es decir, se limita el acceso a información que podría perjudicar al país. Igualmente, se limita la información que dañe la privacidad de alguna persona.

    2. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?
    El IFE presenta varios argumentos al respecto. El primero de ellos se basa en el principio de definitividad. Éste establece un plazo de desahogo de quejas relacionadas con algún proceso electoral. Una vez concluido el período, cuando ya ha dado sentencia el Tribunal Electoral (de ser necesaria), los actores políticos están imposibilitados por ley para volver a procesos electorales anteriores.
    Igualmente, el IFE considera que los principios de certeza y legalidad podrían resultar afectados, ya que un recuento podría arrojar errores adicional al proceso electoral.

    3. Según el autor, ¿cuál es la utilidad de un posible recuento de las boletas electorales?
    En primer lugar se daría certidumbre al proceso electoral del 2006. De esta manera, el resultado oficial tendría validez y fortaleza.
    En segundo lugar, la utilidad de un recuento radica en que sería un referente importante para la cultura de acceso a la información.

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  11. 4. Menciona las posibles causas que permiten suponer que hubo un fraude electoral.

    Las posibles causas que llevan a suponer un fraude, fueron expuestas por el Comité Conciudadano de Seguimiento del Proceso Electoral, quienes sí creen que hubo un fraude. Sus posibles causas de fraude fueron las siguientes: La presión que ejerció el Consejo General sobre los Consejos Locales del IFE para no hacer un recuento completo, la ausencia de representantes de los partidos políticos en muchas casillas, la mala capacitación de los funcionarios de casillas, errores humanos al realizar el conteo, posibles problemas al anular votos, la mala calidad de la tinta usada para marcar los dedos y casos en donde los ciudadanos habían sido removidos de las listas de electores.

    6. ¿Cuál es el principio sobre el que se basa la ley de acceso a la información de México? Con tus propias palabras explica en qué consiste dicho principio.

    La ley de acceso a la información de México se sustenta en el principio de máxima publicidad; esto significa, que toda la información generada por el gobierno debe ser accesible al público, excepto aquella que separe la ley como confidencial o reservada. Este concepto no está sujeto a interpretaciones, la ley indica explícitamente que los mexicanos tienen derecho a saber lo que quieran sobre su país y gobierno.

    8. Explica por qué el autor asegura que las boletas electorales no son documentos confidenciales.

    Las boletas electorales no se pueden considerar confidenciales porque no tienen ninguna marca que pueda proporcionar información personal. Tampoco se consideran confidenciales porque su propósito es publicar una preferencia política; si fueran secretas, no habría manera de saber las preferencias.
    El IFE argumentó que las boletas no se deberían considerar documentos gubernamentales porque son los ciudadanos los que las rellenan y, por lo tanto, no sujetas a la ley; pero el hecho de que son diseñadas, impresas, resguardadas y distribuidas por el IFE, una institución pública, asegura, más bien, que forman parte de lo público y por consecuencia, son accesibles y libres.

    Elsy González Cubría

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  12. 3. Según el autor, ¿cuál es la utilidad de un posible recuento de las boletas electorales?
    = Se daría credibilidad al proceso electoral del 2006, es decir, el resultado oficial tendría validez. Por otra parte, se impulsaría la cultura de acceso a la información en México.

    5. Para el IFE, ¿qué es un “documento”?
    = Es todo registro de las actividades de las instituciones públicas sin importar el medio, su fuente o fecha de elaboración. Ejemplos de ello son los reportes, actas, oficios, etc.

    7. ¿Cuáles son las tres categorías de información según la legislación mexicana?
    = La información publica, cuyo acceso debe ser otorgado a toda la población; la información reservada, sobre la cual el gobierno tiene el derecho de mantenerla en secreto hasta por doce años; y la información confidencial, la referente a datos personales, que por lo tanto nunca se hará pública.

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  13. 11. ¿En qué consiste el concepto de definitividad?
    Expone el carácter concluyente de las resoluciones del Tribunal Electoral respecto a apelaciones concernientes a las acciones y decisiones del IFE.

    13. El autor expone una analogía relativa al resurgimiento del nazismo y la solicitud de los periodistas a tener acceso a las boletas electorales. Explica en qué consiste dicha analogía y cómo apoya a la tesis de Ackerman.
    Consiste de comparar lo que, según el IFE, resultaría de facilitarles el acceso a la información a periodistas mexicanos y a fascistas alemanes: “un atentado en contra de determinados valores públicos de importancia fundamental para la colectividad”, al referirse a posibles expresiones violentas o que pusieran en peligro la integridad del gobierno y su democracia. Pero, en todo caso, las diferencias del contexto hacen justificables estas medidas en Alemania, donde es posible que la transparencia incite manifestaciones por parte de grupos extremistas. El autor sostiene que en el caso de México, si la transparencia corroborara un fraude, ésta no sería la causante de disturbios sociales, sino el inoportuno actuar del IFE y del Tribunal Electoral. Al desglosar esta comparación, Ackerman comprueba que esta vulneración a los derechos civiles de los periodistas no tiene cabida en el contexto de las elecciones de 2006, así que este argumento no puede denegarles el acceso a las boletas electorales.

    16. ¿Cuál es la diferencia entre el acceso a la información y el acceso a los documentos?
    Para el IFE, un documento es "cualquier tipo de registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos". La Ley Federal de Transparencia define la información como "la contenida en los documentos que los sujetos obligados generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier título". Por lo tanto, se puede inferir que, en realidad, el acceso a la información sería el nivel consiguiente al acceso a los documentos. El autor maneja éste último como una manera limitada e insuficiente de permitir el acceso a la información.

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  14. 1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?
    Argumenta que dañaría significativamente "la función estatal de organizar las elecciones federales y además atribuciones que constitucionalmente le son asignadas al Instituto Federal Electoral... por que, de otorgar el acceso del inconforme a la documentación solicitada, vulneraria los principios rectores de la función electoral... especialmente los de certeza y legalidad

    5. ¿Cuál es la tesis fundamental del texto?
    La falta de información que brindan las Instituciones Electorales y la mala manera de manejar las elecciones del 2006

    18. El Tribunal instaura una nueva categoría, la de ‘documentos indisponibles’. ¿Cuáles son las repercusiones inmediatas y a mediano plazo de esta categoría? Explica tu respuesta y da algunos ejemplos.

    El gobierno tendrá la oportunidad de esconder información que no le favorezca y esto ocasionara que este oculta a la vista del publico, al igual que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información no tendría validez.
    Un ejemplo que maneja el autor es el de las boletas electorales

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  15. 5. ¿Cuál es la tesis fundamental del texto?
    En México, el acceso a la información pública es obstaculizado por intereses políticos.

    7. ¿Cuáles son las tres categorías de información, según la ley mexicana?
    1. Información pública: es aquella a la cual se tiene acceso inmediato.
    2. Información reservada: puede permanecer en secreto hasta por doce años.
    3. Información confidencial: información que no puede ser publicada.

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  16. 8. Explica por qué el autor asegura que las boletas electorales no son documentos confidenciales.
    Para sustentar esta afirmación, el autor da varios argumentos, los cuales se pueden sintetizar de la siguiente manera:

    El voto, aunque anónimo en cuanto a quien lo emite, es un acto público en el que el individuo expresa sus preferencias políticas, y la boleta electoral es el documento que certifica dicha expresión.

    La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) establece, en sus artículos 13 y 14, los casos bajo los cuales la información pública puede ser clasificada como reservada. Algunos ejemplos son: cuando se trata de secretos comerciales, industriales, bancarios, expedientes judiciales, o de información que pueda comprometer la seguridad nacional, la seguridad pública, las relaciones internacionales, la estabilidad económica y financiera, etc. La información confidencial, por otro lado, es la relativa a los "datos personales" tales como dirección, preferencias religiosas, sexuales, peso, etc.

    Al margen de las excepciones ya mencionadas, la información pública debe ser proporcionada bajo el principio de máxima publicidad, es decir que "toda la información gubernamental es pública (LFTAIPG, artículo 2), excepto aquélla que está explícitamente reservada o clasificada por la ley" (Página 227). El argumento del autor es que no hay ninguna prueba fehaciente de que la información contenida en las boletas electorales pueda incurrir en alguno de los casos mencionados, por lo cual, no se pueden considerar como información reservada ni confidencial.

    Publicado por Francisco Raúl González Berlioz.

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  17. 13. El autor expone una analogía relativa al resurgimiento del nazismo y la solicitud de los periodistas a tener acceso a las boletas electorales. Explica en qué consiste dicha analogía y cómo apoya a la tesis de Ackerman.

    Respuesta: En Alemania hay leyes que permiten cortar la libertad de expresión y que están hechas para evitar el resurgimiento del nazismo y otros movimientos extremistas que pueden poner en peligro la democracia. El IFE cita esas leyes y dice que la solicitud de los periodistas a acceder a las boletas pone el peligro los principios de la democracia, el orden público e incluso el mismo Estado Mexicano.
    Ackerman argumenta que esta amenaza sólo sería real si las boletas muestran como ganador a López Obrador y que la negativa del IFE a mostrarlas muestra que sí hubo irregularidades en la elección de 2006, ya que de ser de otra manera, el hacerlas públicas apoyaría la legitimidad de Calderón.

    15. Para el IFE, ¿qué es un ‘documento’?

    Respuesta: Es todo registro de las actividades de las instituciones o servidores públicos. Puede estar presentado en cualquier formato y no importa su fuente o fecha de elaboración.

    17. El Tribunal rechazó los argumentos que presentó el IFE contra el acceso a la boletas electorales. Sin embargo, también el Tribunal no aceptó tal acceso. ¿Cuáles fueron las dos razones del Tribunal para llegar a esta resolución? Explica la lógica de ese razonamiento.

    Respuesta: El primer argumento que esgrime el Tribunal, es que la Ley de Transparencia establece que la información puede reservarse si está expreso en otra ley que ésta es confidencial. Dicen que, al estar reguladas las boletas con lineamientos estrictos, es como si fueran confidenciales.
    El segundo argumento usado dice que, ya que en la misma de Ley de Transparencia se establece que es imposible dar a conocer un documento si no está en la forma en que está permitido que lo sea, y ya que las boletas están en paquetes electorales cerrados, no es posible abrirlas al público.
    El punto está en que las dos justificaciones son débiles. Si se siguiera siempre la línea del segundo argumento, cualquier archivo guardado sería imposible de consultar y el primero, por su parte, se basa en un "como si", mientras que la ley en que se basa exige que sea expreso el motivo por el que se puede impedir el acceso.

    Rafael Cruz Gil

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  18. 1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?

    R= Han argumentado que la ley no les permite dar acceso público a las boletas electorales; también han argumentado que su publicidad dañaría significativamente la función estatal de organizar las elecciones federales y demás atribuciones que constitucionalmente les son asignadas al IFE.
    El instituto sugiere que la solicitud de acceso constituye un "ataque contra valores públicos fundamentales" equivalente a apoyar abiertamente una forma fascista del poder.

    5. ¿Cuál es la tesis fundamental del texto?
    El autor cree que el acceso a la información en México está limitado por intereses políticos infringiendo la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (Artículo 6).

    7. ¿Cuáles son las tres categorías de información, según la ley mexicana?

    1- Información pública: cuyo acceso debe ser otorgado
    2- Información reservada: la cual el gobierno tiene derecho de mantener en secreto hasta por doce años.
    3- Información confidencial: la cual nunca será publicada.

    Karla Prudencio Ruiz

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  19. 1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?

    El IFE decidió no mostrar las boletas electorales no sólo porque de hacerlo, dañaría su credibilidad, sino además porque estaría faltando a principios legales y de certeza. El Tribunal Electoral es entonces quién de tomar la decisión y una vez hecho esto, no es posible retornar a una fase anterior del proceso electoral, pues se estaría violando el principio de definitividad.


    2. Según el autor, ¿cuál es la utilidad de un posible estudio de las boletas electorales?

    Ackerman plantea que la importancia de un estudio de las boletas electores reside en su utilidad para comprender la manera en que los mexicanos votan. Así, los errores más comunes podrían ser identificados y posiblemente en un futuro, evitados.

    7.-¿Cuáles son las tres categorías de información, según la ley mexicana?
    La información pública, aquella cuyo acceso debe ser otorgado; la información reservada, la que puede ser guardada por el gobierno hasta por doce años, y la información confidencial, la cual nunca se hará pública.

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  20. Rodrigo Valdés Ortiz

    7. ¿Cuáles son las tres categorías de información, según la ley mexicana?
    La información pública cuyo acceso debe ser otorgado; la información “reservada”, la cual puede ser conservada exclusivamente por el gobierno hasta por doce años; la información “confidencial”, que abarca los datos personales, secretos comerciales, información declarada como confidencial al momento de ser proporcionada al gobierno, y otros documentos si son nombrados específicamente por la ley.
    10. Con tus propias palabras sintetiza la postura del IFE frente al debate planteado en el texto.
    El IFE sostenía que la LFTAIPG no definía las boletas electorales como “documentos”, pues las boletas electorales no eran elaboradas por funcionarios públicos; si las boletas electorales no habían sido elaboradas por funcionarios públicos el IFE tenía la obligación de preservar la confidencialidad de las mismas. Además, según el COFIPE se establece que la documentación electoral debe ser destruida una vez que el dictamen final de la elección se ha emitido, si se permitiera el acceso a los paquetes electorales se pondría en riesgo la “certeza” de la elección; el acceso a estos documentos pondría en riesgo la seguridad nacional y el orden público.
    17. El Tribunal rechazó los argumentos que presentó el IFE contra el acceso a la boletas electorales. Sin embargo, también el Tribunal no aceptó tal acceso. ¿Cuáles fueron las dos razones del Tribunal para llegar a esta resolución? Explica la lógica de ese razonamiento.
    Para el TEPJF las boletas electorales si eran consideradas como un “documento”, pero dado que su manejo estaba rigurosamente regulado era “como” si las boletas fueran “reservadas” o “confidenciales”. El principio de de “definitividad” establece que no se puede “regresar” a una etapa previa del proceso electoral, por lo tanto, los paquetes sólo se podrían haber abierto durante la etapa de la calificación de la elección; con este argumento las boletas se clasificaron como “documentos indisponibles”, porque la ley no permitía su apertura.
    Rodrigo Valdés Ortiz

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  22. 11. ¿En qué consiste el concepto de definitividad?
    El concepto de definitividad refiere al hecho que las acciones del IFE pueden ser apeladas ante el poder judicial, específicamente ante el Tribunal Electoral, y que las decisiones del Tribunal son definitivas.

    1. ¿Cuál es el argumento que da el IFE para no mostrar las boletas electorales?
    El IFE argumenta que con la intención de asegurar la "definitividad" de los procesos electorales el artículo 254 del código electoral (COFIPE)establece que el IFE debe desrtuir toda la documentación electoral una vez que ha emtido el dictamen final sobre la elección por parte del Tribunal Electoral. La idea es que permitir un acceso ciudadano directo a las boletas electorales confundiría a la gente y llevaría el proceso electoral a la etapa anterior de conteo de boletas que ya ha sido completada. Este regreso amenazaría la tarea central del IFE de asegurar la "certeza" de los resultados electorales.
    Además el IFE también ha argumentado que con el acceso a estos documentos la seguridad nacional y el orden público se encuentran en peligro.

    7. ¿Cuáles son las tres categorías de información, según la ley mexicana?
    Según la ley mexicana la información se divide en tres, comezando por la información publica, cuyo acceso debe ser otorgado a toda la población; la información reservada, es sobre la cual el gobierno tiene el derecho de mantenerla en secreto hasta por doce años; y por último la información confidencial, la referente a datos personales, que nunca se hará pública.

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  23. 15.
    Para el Instituto Federal Electoral, un documento se encuentra restinrgido unicamente por aquella información que se encuentre plasmada en el ejercicio de las funciones de los sujetos que están obligados a rendir cuentas. Por medio de no verse capaces a no entregar las boletas y por lo tanto no considerarlas documentos, el IFE da a entender que un documento pierde su carácter oficial cuando interviene alguien más allá de la estructura del gobierno.

    8.
    El autor dice que para que las boletas puedan ser consideradas confidenciales, deberían contener datos personales como la dirección, nombre o número del ciudadano

    4.
    Wl Comité Conciudadano de Seguimiento del Proceso Electoral, quienes sí creen que hubo un fraude, presentan las siguientes causas, la ausencia de personas que representaran los partidos políticos en diversas casillas, la mala capacitación de los funcionarios de casillas, errores humanos al realizar el conteo, posibles problemas al anular votos, la mala calidad de la tinta usada para marcar los dedos y casos en donde los ciudadanos habían sido removidos de las listas de electores.

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  24. 17. El Tribunal rechazó los argumentos que presentó el IFE contra el acceso a la boletas electorales. Sin embargo, también el Tribunal no aceptó tal acceso. ¿Cuáles fueron las dos razones del Tribunal para llegar a esta resolución? Explica la lógica de ese razonamiento.
    El TEPJF basó su resolución en los artículos 14 y 42 de la LFTAIPG. El artículo 14 declara que la información puede reservarse si hay una disposición expresa en otra ley indicando que la información contenida en los documentos requeridos caiga dentro de alguna de las categorías de reserva. Dado que el acceso a las boletas como su destrucción están regulados por la ley electoral, se considera que las boletas son “reservadas” o “confidenciales”.
    En el artículo 42 se detalla cuales son las formas de acceso a la información, indicando específicamente que el acceso sólo se dará en la forma en que lo permita el documento en cuestión. Las boletas electorales se encuentran dentro de los paquetes electorales; mismos que están sellados. La ley electoral le permite al IFE abrirlos mediante orden judicial únicamente durante la etapa de calificación de la elección. Por lo anterior el tribunal concluye que las boletas son indisponibles.
    18. El Tribunal instaura una nueva categoría, la de ‘documentos indisponibles’. ¿Cuáles son las repercusiones inmediatas y a mediano plazo de esta categoría? Explica tu respuesta y da algunos ejemplos.
    En cuanto a los efectos inmediatos, la resolución del TEPJF crea un antecedente para que las dependencias del gobierno puedan negar el acceso a la documentación que les gustaría esconder de la vista del público (reclasificación masiva de la información, creación de casos especiales).
    Respecto a las repercusiones a mediano plazo existe un deterioro de la posición internacional de México como líder en ámbito de la transparencia.
    20. Como ciudadano, ¿qué tipo de solicitudes de acceso a la información federal/estatal/municipal es posible obtener gracias a la ley de acceso a la información? Menciona y explica tres ejemplos cuya implicación resulte tan relevante como el caso de las boletas electorales.
    El gobierno debe de hacer pública toda la información que incumbe al desempeño de sus funciones, con excepción de aquella que esté explícitamente clasificada como “reservada” o “confidencial” por la ley.
    a) Estados financieros de los fideicomisos con fondos públicos o mistos. Este tipo de información atañe a los ciudadanos dado que manejan recursos públicos, sin embargo la Secretaría de Hacienda ha evitado revelar la situación financiera de tales entidades alegando que no se trata de dependencias gubernamentales.
    b) Contratos celebrados entre empresas para estatales y particulares. Las empresas paraestatales pueden celebrar contratos de compra-venta, arrendamiento, financiamiento, subcontratación de personal y otros servicios con particulares. Esos contratos pueden llegar a implicar fuertes sumas de dinero, por ejemplo en el caso de adquisición de tecnologías sofisticadas para la exploración y extracción de hidrocarburos. Sin embargo las entidades, paraestatales o descentralizadas, podrán recurrir a argumentos como los empleados por el IFE y tratar de clasificar la información relativa a sus contratos como “reservada”.
    c) Informes sobre la actuación de la policía o fuerzas armadas en casos específicos. El gobierno, al ser cuestionado acerca de las acciones de las instituciones responsables de preservar el orden, podría argumentar que dar reportes detallados al respecto comprometería la seguridad pública o la defensa de la nación.

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  25. 2. Según el autor, el estudio de las boletas electorales permitiría, por un lado, dar legitimidad a la victoria del presidente. Por otro lado, permitiría dar cuenta de las irregularidades y de los errores que se producen al diseñar las boletas y al votar, que hacen que muchos votos queden anulados incorrectamente. Así pues, se podrían mejorar las elecciones futuras y terminar con las dudas que invaden a la población.

    3. Durante las elecciones de 2006, se observaron muchas irregularidades. Por un lado, en algunas algunos ciudadanos fueron inexplicablemente removidos del listado de electores. Por otro lado, la cantidad de tinta indeleble no fue suficiente, lo que pone en duda que las personas sólo votaron una vez. Finalmente, hubo diferencias entre el número de boletas recibidas, los votos emitidos y las boletas no utilizadas.

    7. Según la ley mexicana, existen tres tipos de información:
    - La información pública, que puede ser consultada por el público en general
    - La información reservada, que puede ser conservada sin publicación hasta por doce años
    - La información confidencial: datos personales, secretos comerciales y ciertos documentos que determina la ley.

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  26. 8. El autor sostiene que las boletas no pueden ser documentos confidenciales, ésto a partir del hecho de que no contienen datos personales que revelen la identidad de los votantes. Además, muestra que votar es un acto público y que, consecuentemente, no se pueden mantener en secreto las boletas. Finalmente, argumenta que la publicación de las boletas no es un hecho que pueda poner en riesgo la seguridad nacional, pública, económica o las relaciones internacionales.

    5. La tesis del texto radica en que la democracia tiene como imperante una reconceptualización necesaria con el fin de provocar un cambio en la misma que indique un funcionamiento óptimo y eficiente del sistema, es decir, por medio de una evolución de la democracia, se podrá llegar a esa dinámica requerida para cumplir con las leyes de transparencia.

    3. Determinar las tres irregularidades dista de ser complejo.
    La primera es el hecho de que existió una irregularidad entre el número de boletas recibidad, el numero de votos realizados y el número de boletas no utilizadas.
    En segundo lugar nos encontramos con las modificaciones que hubieron en los votos. Prueba de ello es que en el recuento de las pocas casillas que sufrieron un segundo escrutinio, muchos votos fueron sumados a favor de Obrador y muchos otros restados a Calderón.
    Y por último, la mala calidad de la tinta indeleble para marcar los dedos de los votantes.

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